De 2009 a 2017 se usó una fórmula de actualización por movilidad de las jubilaciones, pensiones y demás prestaciones del ANSES, esa fórmula cambió a partir de 2018. Ahora se propone una fórmula similar a la anterior
¿Cómo es la historia de la modificación de la fórmula de movilidad?
23/12/2019: Se crea Comisión Mixta integrada por el Poder Ejecutivo, Senadores y Diputados para proponer un proyecto de ley de movilidad de los haberes previsionales
10/11/2020: El ANSES presenta a la Comisión Mixta una propuesta de proyecto de ley y la Comisión lo aprueba como dictamen final
27/11/2020: Entra al Senado el Proyecto de Ley del Poder Ejecutivo (Expediente Senado: 0255-PE-2020)
3/12/2020: Dictamen de las Comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Presupuesto y Hacienda del Senado (con modificaciones)
10/12/2020: Proyecto de Ley aprobado por el Senado, pasa a Diputados
11/12/2020: Entra a Diputados Proyecto de Ley (Expediente Diputados: 0154-S-2020)
29/12/2020: La Cámara de Diputados aprueba el Proyecto de Ley sin modificaciones.
13/2/2021: Decreto 104/2021 Reglamenta el cálculo de la fórmula de movilidad.
Se ha recuperado la ley de movilidad que se aplicó desde 2009 y que valorizó las jubilacion (seguí leyendo, mas abajo tenés todos los datos que fue así).
El FMI se oponía a la fórmula que se usó entre 2009 y 2017 ¿Cómo podemos resumir lo que proponía el FMI en 2016? (ver al final el informe)
En resumen decía:- Qué la fórmula basada en sueldos y recaudación que se usaba era "mala", porque hacía que las jubilaciones subieran demasiado.
- Propone reemplazarla con una movilidad basada en inflación, para que las jubilaciones suban menos.
- Eso se hizo en diciembre de 2017, allí la fórmula basada en sueldos y recaudación fue sustituida por la que combinaba un 70% de aumento de precios (inflación) y un 30% del aumento de los sueldos.
¿Cómo es el dictamen final que salió de las Comisiones del Senado el 3/12?
ACÁ PODES DESCARGAR EL DICTAMEN DE COMISIONES DEL 3/12/2020
Los cambios con relación al proyecto de ley del Poder Ejecutivo son:
Se mantiene una fórmula basada en sueldos y recaudación.
- La movilidad de semestral pasa a ser trimestral.
- El porcentaje se calcula en marzo, junio y setiembre sumando la mitad del porcentaje de crecimiento semestral de los sueldos (usando RIPTE o INDEC el que sea más alto) y la mitad del crecimiento de la recaudación tributaria del ANSES, por beneficio (comprando iguales trimestres).
- El porcentaje se calcularía en diciembre de igual modo, es decir como el promedio de los porcentajes de crecimiento semestral de los sueldos (usando RIPTE o INDEC el que sea más alto) y la mitad del crecimiento de la recaudación tributaria del ANSES, por beneficio, pero poniendo como límite que la acumulación de las movilidades de marzo, junio, setiembre y diciembre no supere el porcentaje de crecimiento anual de la recaudación total del ANSES, por beneficio, multiplicado por 1,03.
- Al porcentaje de movilidad que se calcule para marzo 2021 no se le descontará el 5% de diciembre 2020.
¿Cómo es la fórmula que se propone en el Proyecto de Ley mandado por el Poder Ejecutivo al Senado el 27/11?
Es una fórmula basada en sueldos y recaudación:
- La movilidad sería semestral.
- El porcentaje se calcularía en marzo sumando la mitad del porcentaje de crecimiento semestral de los sueldos (usando el RIPTE) y la mitad del crecimiento de la recaudación tributaria del ANSES, por beneficio (comprando iguales semestres).
- El porcentaje se calcularía en setiembre de igual modo, es decir como el promedio de los porcentajes de crecimiento semestral de los sueldos (usando el RIPTE) y de la recaudación del ANSES, pero poniendo como límite que la acumulación de la movilidad de marzo y setiembre no supere el porcentaje de crecimiento anual de la recaudación total del ANSES, por beneficio, multiplicado por 1,03.
- Al porcentaje de movilidad que se calcule para marzo 2021 se le descontaría el 5% de diciembre 2020.
¿Cómo fue el resultado cuándo se usó cada fórmula?
(para precios se utiliza IPC de CABA)
¿Cómo era la fórmula que se usó de 2009 a 2017?
Era una fórmula basada en sueldos y recaudación:- La movilidad era semestral.
- El porcentaje se calculaba sumando la mitad del porcentaje de crecimiento semestral de los sueldos y la mitad del crecimiento de la recaudación tributaria del ANSES, por beneficio (comparando iguales semestres).
- Se ponía como límite que la movilidad no superara el porcentaje de crecimiento semestral de la recaudación total del ANSES, por beneficio, multiplicado por 1,03 (esta limitación nunca fue necesario aplicarla).
- Para el aumento de sueldos se consideraban dos índices: RIPTE e INDEC y se tomaba el mayor.
¿Cómo era la fórmula que se usó desde 2018?
- La movilidad era trimestral.
- El porcentaje se calculaba tomando un 70% según el crecimiento de Indice del Precios al Consumidor del INDEC (índice de inflación) y un 30% según crecimiento de los sueldos (usando el RIPTE).
¿Cómo es la fórmula que propuso el ANSES el 10/11?
- La movilidad sería semestral.
- El porcentaje se calcularía en marzo sumando la mitad del porcentaje de crecimiento semestral de los sueldos (usando el RIPTE) y la mitad del crecimiento de la recaudación tributaria del ANSES, por beneficio (comprando iguales semestres).
- El porcentaje se calcularía en setiembre de igual modo, es decir como el promedio de los porcentajes de crecimiento semestral de los sueldos (usando el RIPTE) y de la recaudación del ANSES, pero poniendo como límite que la acumulación de la movilidad de marzo y setiembre no supere el porcentaje de crecimiento anual de la recaudación total del ANSES, por beneficio, multiplicado por 1,03.
¿Cuales son las diferencias entre la fórmula que propone ANSES y la que se usó de 2009 a 2017?
Las dos están basadas en sueldos y recaudación.Las diferencias son:
- La anterior tomaba de RIPTE o INDEC el mayor, la propuesta toma siempre RIPTE
- La anterior aplicaba la limitación por recaudación en los dos semestres, la propuesta lo hace anual en setiembre.
- La primera es perjudicial, pero poco. Durante los 18 semestres de 2009 a 2017 sólo en seis casos INDEC superó a RIPTE, pero por poco.
- La segunda es beneficiosa, pero poco. Los aumentos de sueldos demoran algo en reflejarse en la recaudación, por eso espaciar la aplicación del límite mejora, pero poco.
¿Qué es RIPTE?
¿Cómo se podría mejorar el Proyecto de Ley propuesto el 27/11?
- Debería eliminarse el Artículo 6 que dispone que de la movilidad que se calcule para marzo 2021 deberá deducirse el aumento de diciembre 2020 (5%).anterior en marzo 2018 (habían pasado seis meses desde la última movilidad de setiembre 2017 y el cálculo de la movilidad de marzo 2018 sólo tuvo en cuenta tres meses).Sería una forma de devolvernos el trimestre de movilidad que nos robaron cuando hubo el cambio de fórmula
- LA REUNIÓN DE COMISIONES DEL SENADO DEL 3/12 ELIMINÓ ESTE ARTÍCULO
¿Cual es la opinión del FMI sobre las dos fórmulas?
En 2016 se usaba una fórmula similar a la que se propone ahora, esto opinaba el FMI en noviembre de 2016
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